El gobierno deberá notificar al banco para afectar nomás el monto del adeudo, aclara el secretario del Ayuntamiento
El congelamiento de cuentas bancarias de los grandes deudores del impuesto predial no sería total, sino únicamente por el monto que adeudan al gobierno municipal por ese concepto y es un procedimiento legal, aclaró Rodrigo Llantada Ávila, secretario del Ayuntamiento de Mexicali.
La alcaldesa local, Norma Alicia Bustamante Martínez, planteó esa estrategia el lunes, al presentar el proyecto de Ley de Ingresos mexicalense para el próximo año, ante el Congreso del Estado.
Estrategia
Cuestionado ayer al respecto, Llantada Ávila advirtió que entre las facultades que tiene el Ayuntamiento, se incluye incentivar el pago del impuesto predial utilizando la estrategia de congelar cuentas bancarias de los deudores, después de agotar debidamente el Proceso Administrativo de Ejecución (PAE).
Agregó que la ley en la materia, permite embargar los bienes del deudor, por lo que las cuentas, con dinero, también son bienes del contribuyente.
“La ley no señala que tiene que tratarse del bien inmueble. Dice que se puede disponer de los bienes, y el recurso económico también es un bien.
“Cambia un poquito el modelo porque, una vez finiquitado el proceso que marca la ley, deberíamos de notificar a los bancos el saldo deudor que tiene el contribuyente y esas instituciones deberán que atender la solicitud del Ayuntamiento para congelar únicamente el monto por el adeudo”, explicó.
Medida para grandes adeudos
La gente que se sienta inconforme, aclaró, podrá utilizar el recurso legal que le convenga para tratar de evitar el congelamiento de su cuenta.
“Los contribuyentes tienen la posibilidad de presentar todas las medidas a su alcance que la ley permita, como un amparo, y ya será la autoridad correspondiente la que determine el tema a seguir”, afirmó.
Llantada Ávila aclaró que este proyecto de congelamiento de cuentas se contempla aplicarlo solamente a personas físicas o morales que tengan grandes adeudos de impuesto predial.
Sin embargo, agregó, sigue sin definirse a partir de qué monto se va a considerar a alguien como un gran deudor.
“Hay predios, incluso extensos, que nunca han pagado el impuesto predial” sostuvo.
Justificación
El fundamento legal de esta propuesta, manifestó, son los Artículos 75 Bis A, 112 al 182 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California.
Con el congelamiento de las cuentas bancarias se busca optimizar los procedimientos de cobranza, explicó, reduciendo los plazos y costos asociados a los procedimientos administrativos de ejecución y promover el cumplimiento de las obligaciones fiscales en el Municipio.
«Asegurando con ello la eficiencia recaudatoria y la sostenibilidad de las finanzas públicas», expresó.
Por eso se plantea la posibilidad de que la Autoridad Fiscal Municipal instruya los procedimientos de cobranza coactiva, mediante el embargo de cuentas bancarias de las personas contribuyentes morosas, aclaró Llantada Ávila, garantizando en todo momento la protección de las cantidades correspondientes a sueldos, salarios y pensiones.